¿Qué ocurre si tengo un accidente contra un coche con mi patinete eléctrico?


Nosotros te contamos todo lo que necesitas saber para estar informado y para protegerte ante estas situaciones

Los conductores de los patinetes eléctricos forman parte de los llamados «usuarios vulnerables» de la vía, junto con los ciclistas, los peatones y los motoristas. Esto significa que la probabilidad de sufrir daños corporales graves en caso de accidente de tráfico es muchísimo más elevada que para los ocupantes de vehículos a motor totalmente cubiertos.

 

¿Qué derechos tengo en caso de accidente contra un vehículo a motor?

Es importante que aclaremos que los derechos y, en su caso, obligaciones que el conductor de un patinete eléctrico tiene en caso de accidente contra un vehículo a motor se dividen en dos caminos: si el conductor del patinete es causante del accidente o si, por el contrario, es la víctima del mismo.

 

¿Has sido víctima de un accidente?

Como ocurre en cualquier otro tipo de accidente de tráfico, si conduces un patinete eléctrico y eres atropellado por un vehículo tienes derecho a una indemnización por las lesiones sufridas y por los desperfectos en el propio patinete eléctrico.

Sin embargo, sabemos que estar implicado en un accidente como conductor de un patinete eléctrico tiene una dificultad añadida respecto a los accidentes con otro tipo de vehículos. En la mayoría de los casos, no tienes seguro y, al no tenerlo, lo normal es que no lleves contigo un parte amistoso de accidentes. Esto dificulta los trámites y hace necesaria la presencia de la Policía para que redacte un atestado y acredite quien es el responsable real del accidente producido.

Además, tendrás derecho a la libre elección del centro médico donde recibir la atención médica y/o rehabilitación necesarias para el tratamiento de tus lesiones. También puedes elegir un abogado especializado en accidentes de tráfico para que vele por tus intereses frente al seguro de la compañía del vehículo contrario, que, por descontado, intentará obtener el mejor trato posible para ellos y para su cliente.

¿Has sido el causante de un accidente?

En el caso de que seas el responsable del siniestro, no tendrías derecho a reclamar indemnización alguna. Sin embargo, en ocasiones la responsabilidad no está clara y puede llegar a determinarse que existe una concurrencia de culpas. Es decir, que tanto el conductor del patinete como el del otro vehículo comparten la responsabilidad del accidente, por lo que el lesionado podrá reclamar, dependiendo del grado de responsabilidad, un porcentaje sobre la cuantía que efectivamente le pudiese corresponder como indemnización.

El caso más frecuente en el que podríamos encontrar una concurrencia de culpas, es el atropello de conductores de patinetes eléctricos cuando se disponen a cruzar por un paso de peatones, por parte de otros vehículos como turismos o motocicletas. En esta situación se entiende que el patinete circula a mayor velocidad que un peatón y que, por tanto, reduce el tiempo de reacción que tienen los conductores de los otros vehículos. Pero también se entiende que los conductores de los vehículos deben moderar la velocidad y aumentar la atención cuando se acercan a un paso de peatones. Así que ahí está: concurrencia de culpas.

 

Entonces, ¿qué acciones se pueden poner en marcha ante este tipo de accidentes?

La utilización cada vez más frecuente de estos vehículos, conlleva un igual incremento de los accidentes en los que están involucrados, hecho que pone de relieve la necesidad de regulación al respecto. Sin embargo, la falta de una normativa unificada hace que solo se pueda recurrir a ordenanzas municipales y otros reglamentos. Si has sufrido un accidente o atropello siendo conductor de un patinete eléctrico y se determina que no eres el responsable, tendrás derecho a percibir una indemnización por todos aquellos daños que se te ocasionen, ya sean personales o materiales. En este sentido, se hace muy recomendable la presencia de un abogado especializado. Por otro lado, si has sido el causante del accidente, debes saber que ya ha habido casos en los que el conductor de un patinete eléctrico, al no tener seguro, ha debido hacer frente de su propio bolsillo a indemnizaciones por los daños causados. 

 

El conductor de un patinete eléctrico paga 2.400 € tras provocar un accidente.

El patinete eléctrico irrumpió en la calzada al salir de una zona de aparcamiento entre los coches y colisionó contra una moto cuya conductora sufrió lesiones por haber sido embestida por el patinete, hecho que provocó que chocase contra otro vehículo que también circulaba por la vía. 

El atestado de la Policía Local elaborado a raíz de este accidente señaló que el siniestro se produjo porque el patinete eléctrico accedió a la calzada «de forma sorpresiva». Según la actual ley de la Dirección General de Tráfico y la ordenanza municipal, los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), no requieren el uso del seguro obligatorio, y en este caso «el propietario del patinete ha tenido que hacer frente al pago de la indemnización de su propio bolsillo, por un importe de 2.400 euros»

 

¿Quién responde en el caso de que el accidente sea causado por un menor en patinete?

La legislación aquí es clara: los padres o tutores son responsables de los daños causados por los menores que se encuentren bajo su guarda.

Sin embargo, hay matices, ya que existe una edad mínima de conducción para los patinetes eléctricos y una serie de especificaciones sobre dónde se puede circular con estos vehículos. Si quieres saber más sobre este aspecto, puedes ver nuestros artículos «Normativa sobre patinetes eléctricos en Valencia» o «¿Sabías que la DGT ha preparado nuevas normativas sobre patinetes eléctricos?».


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